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Impuesto sobre Sucesiones (ISD): plazo y prórroga
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es el impuesto que grava recibir una herencia. Lo gestiona cada comunidad autónoma, por eso las bonificaciones cambian tanto entre Madrid y Castilla y León.
Cuándo aparece
El plazo es de 6 meses desde el fallecimiento. La prórroga (otros 6 meses) hay que pedirla dentro de los 5 primeros meses: por eso el mes 5 es crítico.
Necesitas el inventario y la valoración del inmueble para calcular la base.
Pagado o aplazado el ISD, sigue la plusvalía municipal y el registro.
Riesgo habitual
Dejar pasar los 5 primeros meses y perder la prórroga. A partir de ahí, presentar fuera de plazo genera recargos e intereses.
Madrid vs. Castilla y León
| Comunidad | Plazo ISD | Prórroga | Bonificación (Grupos I y II) |
|---|---|---|---|
| Comunidad de Madrid | 6 meses | +6 meses | 99% ·rev |
| Castilla y León | 6 meses | +6 meses | 99% ·rev |
Información de carácter divulgativo, no asesoramiento. Los plazos generales son comunes en toda España; las bonificaciones del ISD varían mucho por comunidad. Confírmalo con tu administración o con un profesional.
Fuente: Comunidad de Madrid · verificado 2026-05-28
Fuente: Junta de Castilla y León — Tributos · verificado 2026-05-28
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se paga el Impuesto sobre Sucesiones?
En 6 meses desde el fallecimiento. Se puede ampliar otros 6 meses pidiendo la prórroga dentro de los 5 primeros meses.
¿Cómo se pide la prórroga?
Con una solicitud a la administración tributaria de tu comunidad dentro de los 5 primeros meses, acompañada del certificado de defunción. La prórroga conlleva intereses de demora.
¿Pago lo mismo en Madrid que en Castilla y León?
El plazo es el mismo, pero las bonificaciones varían por comunidad. Madrid y Castilla y León aplican bonificaciones muy elevadas para cónyuge, hijos y padres.